REGLAMENTACION DE LA LEY N° 16.320 ARTICULOS 27 Y 29. SUBROGACION DE CARGOS




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 20/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 17
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículos 27 y 28.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Ninguna subrogación podrá realizarse por un término superior a los
dieciocho meses, dentro del cual deberá proveerse la titularidad
definitiva. Quedan exceptuadas del plazo fijado aquellas situaciones en
las cuales la ley prevea la ausencia por un plazo mayor y no pueda
proveerse la titularidad definitiva.
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