El Banco de Previsión Social acordará la instrumentación de los
procedimientos para ejecutar la modalidad de contratación y subsidio a
que refiere el presente decreto. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 436/009 de 28/09/2009 artículo 8.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 80/006 de 13/03/2006 artículo 9.