Declárase de necesidad pública el desarrollo coordinado e integrado del Potencial Aéreo Nacional el que estará integrado por los organismos, personas y medios públicos y privados vinculados a la actividad
aeronáutica o aeroespacial excluidos los correspondientes a la Armada
Nacional. Encomiéndase a una Comisión Asesora de Política Aeronáutica del
Comando General de la Fuerza Aérea el estudio, reestructuración, y
redacción de un proyecto de normas actualizadas de política aeronáutica.
Artículo 5
Derogado/s por: Decreto Nº 479/001 de 04/12/2001 artículo 1.
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
Decreto Nº 296/992 de 23/06/1992 artículo 1,
Decreto Nº 192/992 de 12/05/1992 artículo 1.