Visto: los Precios de Referencia de carácter provisional, fijados por
la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 16 de junio de
1986 y prorrogados por la resolución de la referida Secretaría de Estado
de 30 de octubre de 1986 para diversos tipos de vinos incluidos en la
posición NADI 22.05.
Considerando: de acuerdo a los análisis realizados procede fijar
Precios Mínimos de Exportación de carácter definitivo, para dichos
productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión creada
por el artículo 9º del primero de los citados decretos.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Derogado/s por: Decreto Nº 679/987 de 11/11/1987 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo:2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 813/986 de 11/12/1986 artículo 1.
Fíjase para los productos mencionados en el artículo anterior como
Precios de Referencia definitivos para el período en que rigieron Precios
de Referencia provisionales, los establecidos con tal carácter.