Visto: los Precios de Referencia de carácter provisional, fijados por
la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 16 de junio de
1986 y prorrogados por la resolución de la referida Secretaría de Estado
de 30 de octubre de 1986 para diversos tipos de vinos incluidos en la
posición NADI 22.05.
Considerando: de acuerdo a los análisis realizados procede fijar
Precios Mínimos de Exportación de carácter definitivo, para dichos
productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión creada
por el artículo 9º del primero de los citados decretos.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 679/987 de 11/11/1987 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo:2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 813/986 de 11/12/1986 artículo 1.
SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - PEDRO BONINO GARMENDIA