Decreto N° 829/008
REGLAMENTACION DEL ARTICULO 207 DE LA LEY N° 18.362. FONDO AGROPECUARIO DE EMERGENCIAS
Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 28/01/2009
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 2008
- Página: 3297
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 207.
Artículo 11
El seguimiento y evaluación del Fondo Agropecuario de Emergencias estará
bajo la órbita de la Unidad Ejecutora 07, "Dirección de Desarrollo Rural".
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