REGIMEN DE REFINANCIACION DE DEUDAS DEL SECTOR INDUSTRIAL Y COMERCIAL




Promulgación: 06/02/1986
Publicación: 18/02/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 432

TITULO III
SECCION I - INSTRUMENTACION DE LA REFINANCIACION
CAPITULO V - RESOLUCION, NOTIFICACION Y RECURSOS

Artículo 90

   La resolución de la Comisión de Análisis Financiero será notificada al
deudor y a los acreedores integrantes del sistema financiero con arreglo a
lo dispuesto en los artículos 86 y 87. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 92.
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