APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. ENERO 1996




Promulgación: 13/03/1996
Publicación: 28/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 619
Referencias a toda la norma

Artículo 53

   CLASE TECNICA. De acuerdo a la Resolución del Directorio D/713/91 del 6
de noviembre de 1991, son profesiones universitarias de cursos superiores
directamente vinculadas a la actividad del Banco Central del Uruguay las
siguientes: Abogado, Contador Público, Contador Público-Hacendista,
Contador Público-Licenciado en Administración, Licenciado en
Administración, Contador Público-Economista, Economista, Licenciado en
Economía y Escribano. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 54 y 57.
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