REGLAMENTACION DE LA LUCHA CONTRA LA GARRAPATA COMUN DEL BOVINO




Promulgación: 12/01/2010
Publicación: 25/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 58
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.268 de 17/04/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Los propietarios o tenedores de animales a cualquier título, los
veterinarios de libre ejercicio de la profesión y los funcionarios idóneos
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, están obligados a
denunciar en forma inmediata, la sospecha o presencia de garrapata
Boophilus microplus y de las enfermedades infecciosas transmitidas por
dicho ectoparásito, al Servicio Sanitario Oficial más próximo al sitio
donde se encuentren los animales infestados.
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