El procedimiento de Despacho de Tropa se realizará de acuerdo a las
condiciones, requisitos y procedimientos que establezca la Autoridad
Sanitaria a tales efectos.
La extracción de animales desde Zonas de control y en erradicación, deberá
ser comunicada previamente al Servicio Sanitario Oficial de ubicación del
predio de salida, por parte del propietario, tenedor a cualquier título o
veterinario de libre ejercicio habilitado.