SERVICIO EXTERIOR. FRANQUICIAS DIPLOMATICAS




Promulgación: 24/02/1987
Publicación: 08/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 173
    Visto: el actual régimen de franquicias regulado por el decreto
99/986, de 13 de febrero de 1986.

    Considerando: I) Que es conveniente modificar el referido decreto
adecuándolo a situaciones que la realidad de los hechos hace necesaria
contemplar;

   II) Que en ese sentido resulta procedente ampliar el marco de las
exenciones otorgando mayores facilidades a los funcionarios profesionales
técnicos, ya sean permanentes, contratados o expertos de las
organizaciones internacionales de que la República forma parte, o con las
que mantiene relaciones diplomáticas.

    Atento: a lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores,


                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 99/986 de 13/02/1986 
artículo 42.

Artículo 2

    Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ENRIQUE V. IGLESIAS - ANTONIO MARCHESANO - LUIS MOSCA - JUAN
VICENTE CHIARINO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN -
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO GARMENDIA -
ALFREDO SILVERA LIMA
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