Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 10.383 de 13/02/1943.
Artículo 3
Es aplicable respecto a la línea incluída en el Artículo 1º y las que se
deriven de ella y revistan las características requeridas por el Artículo
2º, las disposiciones establecidas por los artículos 2º a 6º inclusive
del Decreto Nº 148/990, de 21/03/90.