CREACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE LA ESTIBA




Promulgación: 14/03/1983
Publicación: 07/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 397
Ver:  Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículo 33 (Supresión de la 
Administración Nacional de los Servicios de Estiba).
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SISTEMA DE EMPLEO

Artículo 22

  Los trabajadores integrantes de los distintos registros que administra
la Administración Nacional de los Servicios de Estiba, percibirán un
jornal único por turno de trabajo de acuerdo con su categoría. Sin
perjuicio de lo establecido el personal podrá percibir bonificaciones por
rendimiento y tareas especiales, de acuerdo a las normas que se
establezcan al respecto. 
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