El Poder Ejecutivo controlará la gestión del Director General de la
Administración Nacional de los Servicios de Estiba por intermedio del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Dicho control se ejercerá, tanto
por motivos de oportunidad como de legalidad con el objeto de asegurar el
correcto cumplimiento de sus cometidos.
El Poder Ejecutivo podrá formularle las observaciones que crea
pertinentes, así como disponer la suspensión de los actos observados.
Cuando el Poder Ejecutivo estime ilegal la gestión del Director, podrá
removerlo por resolución fundada.