Las liquidaciones de adeudos ordenadas por la Administración Nacional de
los Servicios de Estiba y ratificadas por la Contaduría del Instituto
constituirán título ejecutivo, autorizando a ANSE a promover las acciones
ejecutivas pertinentes de conformidad a lo dispuesto para el cobro de los
aportes de las Asignaciones familiares por las leyes correspondientes.
Declárase que los créditos que integran las liquidaciones de adeudos
preindicados tienen los privilegios reconocidos a los créditos
originales.