CREACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE LA ESTIBA




Promulgación: 14/03/1983
Publicación: 07/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 397
Ver:  Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículo 33 (Supresión de la 
Administración Nacional de los Servicios de Estiba).
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SISTEMA DE EMPLEO

Artículo 7

   La Bolsa de Trabajo de Estiba en el Puerto de Montevideo estará
integrada por tres registros cerrados:

 A) De titulares (Registro "A");
 B) De suplentes (Registro "B");
 C) De segundos suplentes (Registro "C" creado por ley  13.979, de 24 de
    junio de 1971).

 El Poder Ejecutivo a propuesta de la Administración Nacional de los
Servicios de Estiba, fijará el número de integrantes que deba tener cada
registro de acuerdo con las reales necesidades de trabajo.
Referencias al artículo
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