MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 06/07/1961.
En las pensiones en que exista concurrencia de beneficiarios, la paga extraordinaria se distribuirá en la misma forma establecida para las pensiones por el artículo 24 del decreto-ley N° 10.331, de 29 de enero de 1943.Ayuda