Fecha de Publicación: 26/12/2003
Página: 836-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Ley 17.719

Dispónese que la Dirección de Loterías y Quinielas realizará anualmente, 
un sorteo especial de lotería, a total beneficio de la Fundación 
Peluffo-Giguens.
(3.589*R)

                            PODER LEGISLATIVO                             
                                                                          
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN                                 

Artículo 1

 La Dirección de Loterías y Quinielas realizará anualmente, en fecha que 
determinará el Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería, cuyo 
premio mayor no será inferior a la quinta parte de la lotería mayor del 
año, a total beneficio de la Fundación Peluffo-Giguens, con destino a 
obras de remodelación, ampliación y conservación de los bienes afectados 
a su uso, así como a los gastos de atención de sus pacientes 
Hemato-Oncológico Pediátricos.

Artículo 2

 El producido íntegro de la venta de los números de lotería a que se 
refiere el artículo anterior, así como los premios no cobrados, se 
verterá en cuenta especial del Banco de la República Oriental del 
Uruguay, a nombre de la Fundación Peluffo-Giguens y a la orden de su 
Consejo Directivo.

Artículo 3

 No regirá a estos efectos, lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Nº 
13.318, de 28 de diciembre de 1964.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de 
diciembre de 2003. JORGE CHAPPER, Presidente; HORACIO D. CATALURDA, 
Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

                                       Montevideo, 18 de diciembre de 2003
                                                                          
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el 
Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE, ISAAC ALFIE, CONRADO BONILLA.


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