CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA. CREACION




Promulgación: 12/12/1944
Publicación: 18/12/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1236
Ver vigencia: Ley Nº 10.891 de 16/01/1947 artículo 7.
Ver: Ley Nº 10.713 de 15/03/1946 artículo 1.
Referencias a toda la norma

De las autoridades de la Caja

Artículo 11

   El Consejo estará en quórum para deliberar y resolver sobre cualquier asunto incluido en su orden del día, siempre que por lo menos se hallen presentes un miembro (titular o suplente) de cada delegación y uno de los 
ajenos a éstas. Faltando algunas de las delegaciones, sólo podrán resolverse, pero requiriéndose unanimidad, asuntos de mero trámite o de impostergable urgencia y dando de ellos cuenta circunstanciada en la primera reunión que se efectúe luego con quórum legal.
   Bastarán, sin embargo, cuatro votos conformes para resolver cualquier asunto, aun no estando presente la delegación patronal o la obrera, si él hubiera figurado también en la orden del día de la sesión inmediata anterior y se debiere su aplazamiento a la ausencia de la misma delegación.
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