Ver vigencia: Ley Nº 10.891 de 16/01/1947 artículo 7. Ver: Ley Nº 10.713 de 15/03/1946 artículo 1.
De la Bolsa de Trabajo
No habiendo obreros disponibles en ninguno de los registros de titulares locales, las empresas llamarán, siguiendo el mismo procedimiento, a los obreros inscriptos en los registros de suplentes.