LEY DE DERECHOS CIVILES DE LA MUJER




Promulgación: 18/09/1946
Publicación: 02/10/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 962
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 15.684 Declarada/o Nula/o de 22/11/1984 artículo 3.
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   Créase en el Registro General de Embargos e Interdicciones una sección 
en que se anotarán: 
      A) Las capitulaciones matrimoniales;
      B) Las sentencias de disolución de sociedades conyugales;
      C) Los convenios de los padres sobre administración de los bienes 
         de los hijos menores, su rescisión y las resoluciones judiciales 
         provisionales y definitivas a que se refieren los artículos 
         anteriores.
(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 17.
Ver: Decreto Ley Nº 15.514 Derogada/o de 29/12/1983 artículo 87.
Ayuda