LEY ORGANICA DE LA MARINA




Promulgación: 16/10/1946
Publicación: 08/11/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 1093
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 269,
      Decreto Ley Nº 14.148 de 31/01/1974 artículo 1.
Ver: Ley Nº 13.835 de 07/01/1970 artículo 59 (Comando General del 
Ejército, Comando General de la Armada, Comando General de la Fuerza 
Aérea) (Comandante en Jefe del Ejército, Comandante en Jefe de la Armada, 
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea).
Referencias a toda la norma

TITULO V
Retiro Militar
CAPITULO V Del haber de retiro

Artículo 139

   El cálculo del haber de retiro se hará sobre el monto total mensual por el que el militar haya pagado montepío.
   Dicho haber será igual a tantas avas partes del monto del sueldo y 
compensación como años de servicio computara aquel. Cuando el retiro se haya producido por haber sido objeto el Oficial de dos calificaciones de "malo" en conducta y en una misma graduación, el haber de retiro se disminuirá en un tercio.
   Para el cálculo de haber de retiro del personal del Cuerpo de Equipaje, 
se deberá tener en cuenta el sueldo del grado que tuviese el solicitante en el momento, de iniciar su gestión de retiro.(*)

(*)Notas:
Ver vigencia:
      Ley Nº 12.462 de 05/12/1957 artículo 1,
      Ley Nº 11.925 de 27/03/1953 artículos 60 y 61.
Referencias al artículo
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