Suprímense, a partir de la fecha establecida en el artículo 1º, las siguientes partidas del Presupuesto General de la Nación.
Item 12.01 "Suprema Corte de Justicia":
Rubro 2.09.- Gastos Generales (para los 18 Jueces de
Paz que actúan como Jueces de Feria en los
Departamentos del Interior) $ 3.456.00
Rubro 2.10.- Servicios Diversos (para retribución de los
Juzgados de Paz Rurales y otros que
designará la Suprema Corte de Justicia, por
instrucción de sumarios, a $ 480.00 anuales
c/u. sin obligación de rendir cuentas) $ 47.520.00
Item 6.06 "Dirección General del Registro de Estado Civil":
Rubro 1.07.- Compensaciones sujetas a Montepío (partidas
para Jueces de Paz a cargo del Registro de
Estado Civil, artículos 5º y 6º de la ley de
12 de julio de 1916) " 21.120.00
$ 72.096.00
(*)