PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 23/10/1946
Publicación: 05/11/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 1293
Referencias a toda la norma

SECCION I

Artículo 2

   Suprímense, a partir de la fecha establecida en el artículo 1º, las siguientes partidas del Presupuesto General de la Nación.
     
               Item 12.01 "Suprema Corte de Justicia":

      Rubro 2.09.- Gastos Generales (para los 18 Jueces de
                   Paz que actúan como Jueces de Feria en los 
                   Departamentos del Interior)                 $  3.456.00
      Rubro 2.10.- Servicios Diversos (para retribución de los 
                   Juzgados de Paz Rurales y otros que 
                   designará la Suprema Corte de Justicia, por 
                   instrucción de sumarios, a $ 480.00 anuales 
                   c/u. sin obligación de rendir cuentas)      $ 47.520.00

            Item 6.06 "Dirección General del Registro de Estado Civil":

      Rubro 1.07.- Compensaciones sujetas a Montepío (partidas
                   para Jueces de Paz a cargo del Registro de 
                   Estado Civil, artículos 5º y 6º de la ley de
                   12 de julio de 1916)                        " 21.120.00
                                                               $ 72.096.00

(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14.
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