PLAGAS. LUCHA CONTRA LA LANGOSTA




Promulgación: 26/06/1947
Publicación: 08/07/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 678
Referencias a toda la norma

III - De los elementos de la lucha

Artículo 10

   El Servicio tendrá a su cargo el debido aprovisionamiento de los equipos y materiales necesarios a la lucha, los que serán entregados sin cargo a los particulares que los soliciten. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 23 y 34 (vigencia).
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