Ver vigencia: Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109, Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.
El plazo para el desalojo por vencimiento de los términos fijados por los incisos 3º y 4º del artículo 1º de la ley Nº 11.129, de 1º de octubre de 1948, será de un año.Ayuda