ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. LANZAMIENTOS




Promulgación: 20/06/1950
Publicación: 26/06/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 615
Ver vigencia:
      Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109,
      Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   El plazo para el desalojo por vencimiento de los términos fijados por
los incisos 3º y 4º del artículo 1º de la ley Nº 11.129, de 1º de octubre
de 1948, será de un año.
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