Ley N° 11617
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS TRABAJADORES RURALES Y DOMESTICOS Y DE PENSIONES A LA VEJEZ. DENOMINACION
Referencias al artículo 8
AÑO 1960
Ley Nº 12.804 de 30/11/1960 artículos 358 y 359
AÑO 1958
Ley Nº 12.551 de 16/10/1958 artículo 1
AÑO 1957
Ley Nº 12.464 de 05/12/1957 artículo 12
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