De las empresas comprendidas en el ex Fondo "Servicios Públicos y
Afines," quedan integrando la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles y
Escolares, la Administración Municipal de Transportes (ley N° 10.980, de 6
de diciembre de 1947) las ex Compañias Británicas de Ferrocarriles, la
Compañía del Puente del Cuareim (ley N° 11.205, de 31 de diciembre de
1948) y la Compañía de Aguas Corrientes, (ley N° 11.357, de 19 de octubre
de 1949).
Las restantes quedan afiliadas a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de
la Industria y Comercio haciéndose aplicable a ésta y a su similar de
Jubilaciones Civiles y Escolares el régimen previsto en el artículo 38 de
la ley de 27 de setiembre de 1950.
Los afiliados pasivos de unas y otras empresas quedarán amparados a la
Caja que los comprendan, según lo previto en los incisos precedentes. (*)