Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 116,
Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109,
Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.
FIJACION DEL ALQUILER RAZONABLE
Artículo 19
Si el Juez elevare el precio del arriendo, el aumento se pagará en forma escalonada. A esos efectos, se dividirá por el número de años de vigor del arriendo en forma proporcional, pagándose en el último, integralmente, el precio fijado.