Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 116,
Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109,
Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.
FIJACION DEL ALQUILER RAZONABLE
Artículo 21
Los honorarios de los peritos serán los siguientes:
-Veinte pesos ($ 20.00) para arrendamientos hasta de doscientos pesos ($
200.00) de alquiler mensual y el diez por ciento (10 %) para los que excedan de esa suma.
A estos efectos, se tendrá en cuenta los precios de los arrendamientos en vigor a la fecha de presentación de la solicitud.