Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 116,
Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109,
Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 42
Las disposiciones de esta ley sólo regirán para los inquilinos de fincas urbanas y suburbanas que tengan la calidad de buenos pagadores del alquiler, con excepción de lo establecido en los artículos 33 y 34, que se aplicarán igualmente para los inquilinos malos pagadores.