Los aportes jubilatorios y montepíos a cargo de los afiliados que la
Caja considere como patronos, se harán sobre la base de un sueldo ficto
que dicha Institución determinará, previo asesoramiento de la Comisión
Especial, el cual será de un mínimo de $ 200.00 y máximo de $ 300.00
mensuales.(*)