Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir hasta la suma de siete
millones de pesos ($ 7:000.000.00) en Títulos denominados "Bonos
Frigorífico Nacional - Abasto de Montevideo", en una o varias series.
Dichos Títulos gozarán de un interés del 5 % anual y su amortización
acumulativa semestral se efectuará en el plazo de cinco años. El producto
de la colocación de los bonos se entregará al Frigorífico Nacional y se
destinará exclusivamente a la cancelación de los adeudos provenientes de adquisiciones de ganado. El Poder Ejecutivo por intermedio de la
Inspección General de Hacienda, fiscalizará el empleo que el Frigorífico
Nacional haga de dichos fondos de conformidad con lo establecido en
esta ley.(*)