FRIGORIFICO NACIONAL. RECURSOS




Promulgación: 06/07/1954
Publicación: 17/07/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 565
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar hasta en seis millones de
pesos ($ 6:000.000.00) la deuda "Empréstito Interno - Frigorífico
Nacional". El servicio de interés y amortización de esta deuda será de cargo del Frigorífico Nacional. El producido de la referida emisión se destinará a constituir el capital de giro para atender las necesidades de la comercialización del abasto de carne en el Departamento de Montevideo.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
Referencias al artículo
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