PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 22/10/1954
Publicación: 06/11/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 961

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo invertirá el producido de esta deuda: 1°, en la 
construcción de las referidas obras y 2°, estudiará el terraplenamiento de los terrenos comprendidos entre la actual planta urbana y la margen del Río Negro, entre las calles Ituzaingó y Canelones, y el remodelamiento edilicio de las zonas adyacentes. (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Ayuda