RETENCION DE SUELDOS A LOS FUNCIONARIOS AFILIADOS A LA COOPERATIVA DE CONSUMOS DE FUNCIONARIOS DE MTOP




Promulgación: 14/09/1955
Publicación: 07/10/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1955
  •    Página: 901

Artículo 1

   Autorízase a la Contaduría General de la Nación y a los organismos 
competentes que corresponda, para retener hasta el cuarenta por ciento 
(40 %) de los haberes nominales de los funcionarios afiliados a la "Cooperativa de Consumos de Funcionarios del Ministerio de Obras Públicas", a la que se le entregará el monto de las retenciones para sufragar el importe de las adquisiciones de artículos de uso y/o consumo hechas a la Cooperativa o por intermedio de ella, a sus afiliados.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 4.

BATLLE BERRES - WASHINGTON FERNANDEZ - RENAN RODRIGUEZ - ARMANDO R. MALET
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