ARRENDAMIENTOS. FIJACION DE PRECIOS. SUSPENSION DE DESALOJOS




Promulgación: 09/01/1958
Publicación: 20/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1958
  •    Página: 25
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 116,
      Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109,
      Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.

Artículo 20

   En las situaciones previstas por los artículos 1.253 del Código de 
Procedimiento Civil y 1.816 del Código Civil, sustituidos por el artículo
11 de la ley número 8.153, de 16 de diciembre de 1927, será optativo del 
arrendador demandar previamente la resolución del contrato o iniciar de 
plano la acción de desalojo por mal pagador.
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