TITULO II - CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES Y ESCOLARESCAPITULO IIICOPARTICIPES DE PENSION -LIQUIDACION DE CUOTAS- LEY Nº 9.940
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(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 9.940 de 02/07/1940 artículo 69.