Créase el Servicio de Asistencia Médica Integral para los obreros incluidos en el Registro "A" de la Caja de Compensaciones por Desocupación en las Barracas de Lanas, Cueros y Afines.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
HAEDO - ANGEL M. GIANOLA