COMISION ASESORA DE LOS SERVICIOS DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION Y BOLSA DE TRABAJO. GRUPO 11-B. INDUSTRIA DEL VIDRIO




Promulgación: 23/11/1961
Publicación: 26/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1278
Referencias a toda la norma

RECURSOS

Artículo 8

   Estas prestaciones se atenderán con los siguientes recursos:
A) (*)

B) (*)

C) (*)

D) (*)

E) Los aportes patronales y de los trabajadores de la industria del
   vidrio, establecidos por el artículo 26 de la ley N° 12.570, de 23 de
   octubre de 1958, a partir de la promulgación de la presente ley.
F) El producido de las multas y el de los legados y donaciones. (*) 


(*)Notas:
Incisos a), b), c) y d) derogado/s por: Decreto Ley Nº 14.416 de 
28/08/1975 artículo 381.
Redacción dada por: Ley Nº 13.575 de 01/11/1966 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 9.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.575 de 01/11/1966 artículo 1, Ley Nº 12.953 de 23/11/1961 artículo 8.
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