(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 13.695 de 24/10/1968 artículo 55. TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.048 de 26/04/1962 artículo 1.
Las primeras detracciones que, a partir de la promulgación de la presente ley, fijare el Poder Ejecutivo para las mercaderías comprendidas en el artículo anterior, regirán para todas las exportaciones cumplidas desde el 1.o de enero de 1962.
Comuníquese, etc.-
ALONSO - CARLOS V. PUIG - JUAN EDUARDO AZZINI