Ley N° 13141
REGIMEN DE CONSOLIDACION DE DEUDAS PARA PRODUCTORES AGROPECUARIOS E INDUSTRIALES
Promulgación: 04/07/1963
Publicación: 22/07/1963
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1963
- Página: 435
Artículo 3
El Banco de la República podrá exigir el mantenimiento para la nueva
operación de todas las garantías reales que tuviese la deuda o deudas
originales.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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