CONSTRUCCION DE CENTRALES TERMICAS DE GENERACION. CENTRAL HIDRAULICA. USINAS DE RINCON DEL BONETE. APROBACION DE PLAN GENERAL DE OBRAS DE LA UTE




Promulgación: 28/05/1964
Publicación: 09/06/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1964
  •    Página: 604
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   La propiedad inmueble que resulte afectada por la construcción, 
vigilancia y servicio de las líneas de transmisión, así como por sus complementos y ampliaciones, quedará sujeta a las servidumbres establecidas en el Decreto Ley Nº 10.383 de febrero de 1943, en lo pertinente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.
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