Créase el Seguro de Enfermedad, Invalidez y Asistencia y demás
prestaciones médicas y farmacéuticas para los obreros y empleados de la industria del metal y ramas afines, con inclusión de todos los trabajadores ocupados en las empresas metalúrgicas, talleres mecánicos de
automóviles, de construcción y reparación de maquinaria agrícola o industrial, de carrocerías, en empresas de radioelectricidad, de platería
y/u orfebrería, en diques, varaderos y astilleros, en empresas de plásticos y en fábricas de botones, radicadas en el territorio nacional.