Autorízase al Poder Ejecutivo a cobrar peaje a los usuarios que
atraviesen los Puestos de Recaudación que se detallan a continuación:
Ruta Nº 1:
a) Margen derecha del Río Santa Lucía.
b) Dentro del tramo de K. 105 a K. 109 (proximidades del Arroyo Cufré).
Ruta Nº 2:
Dentro del tramo de K. 280 a K. 286 (proximidades del Puente en
Mercedes).
Ruta Nº 3:
a) Dentro del tramo de K. 94 a K. 100 (proximidades del Río San José).
b) Dentro del tramo de K. 245 a K. 250 (proximidades de Paso del Puerto).
c) Dentro del tramo de K. 418 a K. 423 (proximidades del Río Queguay).
Ruta Interbalnearia:
a) Margen izquierda del Arroyo Pando.
b) Dentro del tramo de K. 81 a K. 83 (proximidades del Arroyo Solís
Grande).