APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO XI - ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 222

   Autorízase a la Jefatura de Policía de Montevideo y Prefectura General
Marítima a cobrar por la prestación de servicio de vigilancia especial.
El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por:
      Decreto Nº 220/022 de 07/07/2022,
      Decreto Nº 105/971 de 25/02/1971,
      Decreto Nº 353/965 Derogada/o de 10/08/1965.
Ver: Ley Nº 18.794 de 16/08/2011 artículo 1 (incluye a la Policía Aérea 
Nacional).
Referencias al artículo
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