CREACION DEL SEGURO DE ENFERMEDAD, INVALIDEZ, ASISTENCIA, PRESTACIONES MEDICAS Y FARMACEUTICAS. TRABAJADORES DE LA AGUJA




Promulgación: 26/10/1966
Publicación: 14/11/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1966
  •    Página: 1552
Ver vigencia:
      Decreto Nº 7/976 de 08/01/1976 artículo 1,
      Decreto Ley Nº 14.407 de 22/07/1975 artículo 7.
Reglamentada por: Decreto Nº 21/967 de 11/01/1967.
Referencias a toda la norma

Beneficios

Artículo 17

   Los beneficiarios podrán interponer los recursos de reposición y 
apelación fundada y por escrito, ante la Comisión Honoraria Tripartita, 
de todas aquellas resoluciones del Consejo Paritario de Empresa que consideren no ajustadas a la ley y su reglamentación, en todo cuanto los afecten.
   Las resoluciones de la Comisión Honoraria Tripartita serán 
inapelables.

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