Los que no pagaren las sumas a que están obligados en el tiempo y
forma establecidos, sufrirán, sin necesidad de intimación previa, la imposición de los recargos que rigen en relación a los atrasos de las contribuciones por asignaciones familiares. Producida la demora en el
pago de los aportes, la Comisión Honoraria Tripartita del Seguro de Enfermedad para la Industria de la Aguja, podrá iniciar la acción
judicial correspondiente, debiendo interponerla indefectiblemente, transcurrido el plazo de seis meses. Para el cobro de los aportes, recargos y multas, se seguirá el procedimiento del juicio ejecutivo.