El Seguro de Enfermedad de la Industria de la Aguja estará exonerado del impuesto de timbres y de papel sellado en todas las gestiones judiciales o administrativas que tramite ante cualquier oficina pública, así como en todo documento que expida en el ejercicio de su actividad. No pagará impuestos nacionales por sus propiedades ni sobretasa
inmobiliaria. Gozará, asimismo, de franquicia postal. El beneficiario quedará exonerado del impuesto de timbres en el recibo que otorgue por el cobro de su subsidio.