Auméntanse a partir del 1.o de diciembre de 1967 a $ 4.564.00 (cuatro mil
quinientos sesenta y cuatro pesos) y $ 4.204.00 (cuatro mil doscientos
cuatro pesos) mensuales las compensaciones por desocupación que sirve la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica (ley N.o 10.562), que actualmente están fijadas en $ 2.282.00 (dos mil doscientos ochenta y dos pesos) y $ 2.102.00 (dos mil ciento dos pesos), respectivamente.