PRORROGA DE VIGENCIA. BOLSA DE TRABAJO PARA LA INDUSTRIA METALURGICA. ROBERTO MILES SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 25/11/1968
Publicación: 29/11/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2790
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 14.169 de 12/03/1974 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   En los casos de empresas que necesiten ocupar trabajadores de categorías de oficios distintos a los de las que estén disponibles en la
Bolsa, podrán ser admitidos operarios no registrados, con la previa autorización de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio, en su calidad de órgano administrador del Seguro de Paro que establece la ley N.o 12.570, de 23 de octubre de 1958 y complementarias.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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